Article Comparison - Protocolo complementario del Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves
Artículo XIV
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Reemplácese el párrafo 1 del Artículo 9 del Convenio por el siguiente: “Artículo 9 1. Cuando se realice cualquier acto de los previstos en el párrafo 1 del Artículo 1 o sea inminente su realización, los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas a fin de que el legítimo comandante de la aeronave recobre o mantenga el control de la misma”.
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