Article Comparison - Convención para el arreglo pacifico de los conflictos internacionales
Artículo 62
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Las Partes tienen el derecho de nombrar cerca del Tribunal agentes especiales, encargados de servir de intermediarios entre el Tribunal y ellas. Además, están autorizadas para encargar de la defensa de sus derechos é intereses ante el Tribunal, á los consejeros ó abogados que ellas mismas nombren con ese objeto. Los Miembros de la Corte permanente, no podrán ejercer las funciones de agentes, consejeros ó abogados, sino en favor de la Potencia que los ha nombrado Miembros de ella.
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